Hace poco tiempo, un cliente nuestro nos puso tras la pista de la aplicabilidad de la normativa SEVESO (Accidentes Graves) en los almacenamientos naturales de gas (¡ojo, no yacimientos, sino pozos depletados que se usan como almacenamientos de gas natural). La verdad es que hasta ese momento y debido a la proliferación de plantas de almacenamiento de GNL no habíamos caído en este tipo de actividad.

Pues bien, dichos almacenamientos subterráneos de gas, a pesar de no estar actualmente reflejados dentro del RD 1254/1999 (y sus modificaciones) sí que van a estar incluidos a futuro (¿2015?) cuando entre en vigor la revisión de la normativa SEVESO http://goo.gl/p7v4p  (basta con buscar en el pdf “almacenamiento subterráneo de gas”). Os pongo también un link a un informe que estudia el impacto de los cambios realizados por la modificación de esa directiva (…y es que no son pocos!) y que nos dará para hablar otro día… http://goo.gl/pP7IK