Los planos de evacuación en el nuevo RIPCI
Equipo Seguridad Industrial
El RIPCI aprobado el pasado 12 de diciembre de 2017, establece que los “Planos de Evacuación” cumplan la norma UNE 23032:2015 y, además, los elevan a la categoría de elemento fundamental de protección contra incendios por considerarlos básicos en la difusión del Plan de Autoprotección, obligando a un mantenimiento e inspección anual.
Desde la entrada en vigor del Reglamento de Protección contra Incendios (RIPCI) son frecuentes las dudas en torno a las aplicaciones prácticas que tiene en los planes de autoprotección. En este post, trataremos uno de los aspectos básicos: los Planos de Evacuación o comúnmente denominados Planos Usted Está Aquí. Como novedad, el RIPCI aprobado el pasado 12 de diciembre de 2017, establece que los “Planos de Evacuación” cumplan la norma UNE 23032:2015 y, además, los elevan a la categoría de elemento fundamental de protección contra incendios por considerarlos básicos en la difusión del Plan de Autoprotección, obligando a un mantenimiento e inspección anual.
Los Planos de Evacuación proporcionan una información primordial en cuanto a los comportamientos y procedimientos de actuación en caso de siniestro, accidente o emergencia, indicando la ruta óptima, las salidas existentes e informando de la ubicación de los medios de protección contra incendios. Hasta ahora todas las referencias estaban definidas en las normativas de construcción artículo 12 de la Normativa Básica de la Edificación NBE-CPI/96 (con alusión a la UNE 23033 / 23034 / 23035 y 81501), el Código Técnico de la Edificación (CTE) secciones SI3.7 y SI4.2 (con mención a la UNE 23033, 23034 y 23035) y el Real Decreto 2267/2004 con citas a normas antecesoras. El nuevo marco normativo resuelve toda esta variedad dispositiva, heredando los requisitos marcados por la UNE 23032:2015 sobre colores, símbolos y fotoluminiscencia, y distingue, además, entre la información obligatoria para todo “Plano de Evacuación”, y la información complementaria.
Información obligatoria:
- Localización exacta del ocupante. Punto de situación con indicación “USTED ESTÁ AQUÍ”.
- Localización de todos los recorridos de evacuación: principales, secundarios y accesibles, así como las salidas, las escaleras y los ascensores de emergencia.
- Localización de todos los medios manuales de protección contra incendios y los sistemas de alerta y alarma, las zonas de refugio y puntos de reunión si se contempla en el área representada en el plano.
Información complementaria:
- Locales de riesgo especial.
- Las zonas de confinamiento.
La UNE 23032:2015 marca, también, los requisitos de diseño: formatos, escala, tamaños, colores, y la presencia de, al menos dos idiomas, castellano e inglés.
Los planos, que antiguamente se conocían como “Usted está aquí”, deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro eléctrico. Cuando sean fotoluminiscentes deben cumplir las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003. Este aspecto es particularmente importante en los centros con actividades descritas en el Anexo I de la Norma Básica de Autoprotección (Real Decreto 393/2007) ya que Protección Civil tiene un interés especial en aumentar la capacidad de autoprotección en los mismos. En estos espacios, las señales serán fotoluminiscentes de categoría A.
Una novedad fundamental para estos planos es que al ser reconocidos como elementos de protección contra incendios, estos deben ser mantenidos. Para ello el nuevo reglamento en el Anexo II establece un programa anual de inspecciones que garantice el buen estado, legibilidad, visibilidad y correcta ubicación de las señales.
Tabla III.
Esperamos que este artículo haya resuelto las dudas, en la web encontraréis más artículos sobre el RIPCI y os animamos a que comentéis todo aquello que os interesante relativo al nuevo reglamento. Como siempre, estamos a vuestra disposición para ayudaros en esta cuestión o en todas las relacionadas con Autoprotección.